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Bases sorteo entrada doble para la final del Mutua Madrid Open 2019
15 de abril de 2019
Periodo de la promoción: desde las 12:00 horas del 15 de Abril de 2019 hasta las 12 h. del 25 de Abril de 2019.
PRIMERA.- La entidad organizadora es SUPERMERCADO SANCHEZ ROMERO, S.L. (en lo sucesivo SANCHEZ ROMERO). N.I.F. número B-83671883, con domicilio social en C/ CARLOS MAURRAS, 2 – 28036 MADRID. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 18.994, Sección 8.ª del Libro de Sociedades, Folio 132, Hoja M-331873, Inscripción 1.ª
Requisitos para participar en la campaña: podrán participar todas aquellas personas físicas mayores de 18 años, que cumplan los requisitos previstos en las presentes bases.
Fecha y lugar de celebración del sorteo: El día 26 de abril de 2019, a las 13 h., entre todos los participantes, se celebrará el sorteo de forma aleatoria por medio de una aplicación en las oficinas centrales de SANCHEZ ROMERO: Pol. Industrial Camporroso, c/Montevideo s/n, 28806 Alcalá de Henares (MADRID).
Un jurado formado por personal de SANCHEZ ROMERO corroborará el ganador elegido por la aplicación, a fin de detectar y evitar posibles incidencias técnicas. En todo caso, el fallo del jurado que confirme la elección del ganador será firme e inapelable.
Entrega de premios: el día 29 de Abril de 2019, SANCHEZ ROMERO se pondrá en contacto con el ganador telefónicamente, por e-mail y a través de su perfil de Instagram.
Ámbito territorial: todo el territorio Nacional, siendo de cuenta del ganador los gastos en los que tenga que incurrir para acudir o permanecer en las instalaciones de la Caja Mágica (Madrid), lugar en el que se está celebrando el Mutua Madrid Open.
Modalidad: El sorteo se organiza bajo la modalidad de “sorteo gratuito”, en el que podrán participar todas aquellas personas mayores de edad que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases legales.
SEGUNDA.- Objetivo de la Promoción: El objetivo de esta promoción es sortear 2 entradas (1 entrada doble) para la final del Mutua Madrid Open 2019 entre los usuarios de instagram.
La promoción es gratuita, de tal manera que para participar no será necesaria la compra de ningún producto, ni el pago de cuota o cantidad adicional alguna para la obtención del premio objeto de la misma, a salvo de los gastos, tasas y/o impuestos que corresponda al ganador.
TERCERA.- Premio, características y valor:
El premio consistirá en una entrada doble para asistir al Mutua Madrid Open 2019 para categoría 1 para la final del día 12 de mayo de 2019.
El valor del premio asciende a un total de 356 euros, a razón de 178 euros por entrada.
El ganador se compromete a publicar una fotografía de su autoría en Instagram mencionando su asistencia al Mutua Madrid Open como ganador de la presente promoción, mencionando y/o etiquetando la cuenta de @SanchezRomeroES
CUARTA.- Mecánica de la promoción: Cada participante deberá incorporar un comentario en el post del sorteo del perfil de SÁNCHEZ ROMERO en Instagram en respuesta a la pregunta ¿Con quién asistirías a la final del Mutua Madrid Open 2019?, mencionando en el comentario a la persona con la que asistiría.
Se asignará 1 ganador y 1 suplente que sustituirá al ganador en caso de que su identificación sea incompleta, incorrecta, o por incumplimiento de los requisitos exigidos en estas Bases, o con imposibilidad de localización hasta las 17 h. del 28 de abril de 2019.
QUINTA.- No cambio de premios: El premio especificado en la presente promoción, en ningún caso, podrá ser objeto de cambio, alteración, compensación o cesión a petición del ganador.
SEXTA.- Forma de comunicar ganador: SANCHEZ ROMERO se pondrá en contacto con el ganador de forma telefónica, por e-mail para comunicarle y en la web www.sanchez-romero.com, así como la forma de retirarlo.
SÉPTIMA.- No asignación de ganador: En el caso de que por cualquier circunstancia, el premiado no pudiese o quisiese aceptar el premio, renunciase al mismo o fuese imposible su localización, hasta las 17 h. del 28 de abril de 2019, SANCHEZ ROMERO procederá a asignarlo al ganador -suplente, pudiendo llegar a declarar el premio desierto en el caso de no poder localizarlo.
OCTAVA.- Exclusiones: No podrán participar en la presente promoción los empleados de SANCHEZ ROMERO así como los trabajadores de aquéllas empresas relacionadas directa o indirectamente en la realización de la presente promoción.
SANCHEZ ROMERO se reserva el derecho a excluir como participante a aquél que haya incurrido en fraude o incumplimiento de la normativa de aplicación, sin necesidad de notificación alguna al respecto.
NOVENA.- Protección de datos de carácter personal: En cumplimiento de la normativa aplicable y, en particular, de lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (en adelante, el “RGPD”) y deLey Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (en adelante, LOPDGDD) , se le informa de lo que sigue, a saber:
-Que el responsable del tratamiento es SANCHEZ ROMERO, S.L.
-Que el tratamiento de los datos personales que faciliten los participantes tiene como base legítima la gestión de la presente promoción y de comunicar la identidad del ganador a efectos de cumplimiento de la presente promoción.
-Que los datos de los participantes podrán ser cedidos a las entidades públicas competentes, cuando así lo exija la normativa de aplicación.
-Que SANCHEZ ROMERO conservará los datos personales de los participantes, durante el tiempo exigido por la normativa de aplicación que, en todo caso, no será superior a seis (6) años.
-Que los participantes podrán ejercitar sus derechos de acceso rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad de datos y oposición de conformidad con la normativa aplicable pudiendo dirigir una comunicación por escrito a través del correo electrónico protecciondatos@sanchez-romero.com, acompañando a su solicitud copia de su documento nacional de identidad o documento identificativo equivalente. Si así lo desea, puede solicitar a través del mismo correo electrónico de contacto modelos para el adecuado ejercicio de sus derechos personales. En caso de considerar vulnerados sus derechos, no habiendo sido debidamente atendidos por SANCHEZ ROMERO, podrá presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos Personales (AEPD).
DÉCIMA.- Cláusula administrativa y fiscal: Al premio de la presente promoción, le será de aplicación el artículo 48 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego (BOE nº 127, de 28 de mayo), su desarrollo reglamentario y los arts. 75 y 105 del Reglamento del IRPF aprobado por el Real Decreto 439/2007 (BOE nº 78, de 31 de marzo).
Exclusivamente, serán por cuenta de SANCHEZ ROMERO en el sorteo, la retención o ingreso a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas asociada a la asignación del premio y la tasa del juego prevista legalmente.
En consecuencia, el ingreso a cuenta que en cada caso corresponda realizar de acuerdo con la normativa vigente, no será repercutido a los agraciados en sorteo.
Dicho importe será ingresado por SANCHEZ ROMERO al Tesoro Público por cuenta de los agraciados.
Otras repercusiones tributarias que la obtención del premio tenga en la fiscalidad del agraciado, serán por cuenta de éste, por lo que SANCHEZ ROMERO queda relevada de cualquier responsabilidad futura. A este efecto, SANCHEZ ROMERO emitirá y pondrá a disposición del premiado un certificado con todos los datos correspondientes al premio.
DÉCIMO PRIMERA.- Aceptación de las bases: Los participantes, por el mero hecho de participar en la presente promoción aceptan sus bases y el criterio de SANCHEZ ROMERO en cuanto la resolución de cualquier cuestión derivada del mismo.
DÉCIMO SEGUNDA.- Autorización uso de imagen: Con la participación en el presente sorteo, el participante que resulte ganador autoriza para e la toma de fotografías del momento de la entrega del premio, sin que ello suponga intromisión ilegítima alguna y atente al Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen para su publicación en el Instagram oficial de Sanchez Romero con la finalidad de acreditar el cumplimiento de las presentes bases legales y sin percepción de contraprestación alguna por ese motivo.
DÉCIMO TERCERA.- No responsabilidad del organizador: SANCHEZ ROMERO no se responsabiliza de cualquier circunstancia imputable a los participantes o terceros que puedan afectar al desarrollo de la presente promoción.
DÉCIMO CUARTA.- Fácil y público acceso a las Bases: Las presentes bases se hallan a disposición del público en la página web de la compañía: https://sanchez-romero.com/bases-sorteo-entrada-doble-para-la-final-del-mutua-madrid-open-2019/
DÉCIMO QUINTA: Legislación y fuero: Para la ejecución y desarrollo de las presentes bases legales, se atenderá a lo dispuesto en la legislación española que resulte de aplicación, debiendo someterse cualquier controversia a los Juzgados y Tribunales de Madrid Capital, salvo que corresponda otro fuero en función de la legislación de aplicación.
Madrid a 15 de abril de 2019.